Ley Nº 30296 Ley que promueve la reactivación de la economía
Publicado el 31/12/2014
Mediante la publicación de la presente Ley, se introduce modificaciones a la Ley del Impuesto a la Renta (LIR), el Código Tributario, la Ley General de Aduanas y la Ley General de Minería respecto los contratos de estabilidad tributaria en minería, y establece un régimen especial de recuperación anticipada del IGV para promover la adquisición de bienes de capital.
Publicado el 31/12/2014
Mediante la publicación de la presente Ley, se introduce modificaciones a la Ley del Impuesto a la Renta (LIR), el Código Tributario, la Ley General de Aduanas y la Ley General de Minería respecto los contratos de estabilidad tributaria en minería, y establece un régimen especial de recuperación anticipada del IGV para promover la adquisición de bienes de capital.
Impuesto a la Renta
Los puntos a resaltar son:
- Reducción a del porcentaje de retención y pagos a cuenta del IR por rentas de cuarta categoría a 8%.
- Modifican la escala progresiva acumulativa a las rentas del trabajo a partir del 2015, quedando como sigue:
Suma de la renta neta del trabajo y la renta de fuente extranjera
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Tasa
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Hasta 5 UIT
Más de 5 UIT hasta 20 UIT
Más de 20 UIT hasta 35 UIT
Más de 35 UIT hasta 45 UIT
Más de 45 UIT
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8%
14%
17%
20%
30%
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- Modifica la tasa de los dividendos aplicable a las personas jurídicas no domiciliadas y las personas naturales domiciliadas o no domiciliadas, según lo siguiente:
Ejercicios gravables
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Tasas
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2015-2016
2017-2018
2019 en adelante
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6.8%
8%
9.3%
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Las tasas señaladas se aplican a la distribución de dividendos y otras formas de distribución de utilidades que se adopten o se pongan a disposición en efectivo o en especie, lo que ocurra primero, a partir del 1 de enero de 2015.
Sin embargo, a los resultados acumulados u otros conceptos susceptibles de generar dividendos gravados, a que se refiere el artículo 24º-A de la LIR, obtenidos hasta el 31 de diciembre de 2014 que formen parte de la distribución de dividendos o de cualquier otra forma de distribución de utilidades se les aplicará la tasa de 4,1%.
- Se reduce la tasa del IR a cargo de los perceptores de rentas de tercera categoría, de acuerdo a lo siguiente:
Ejercicios gravables
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Tasas
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2015-2016
2017-2018
2019 en adelante
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28%
27%
26%
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Código Tributario
Se han realizado modificaciones de varios artículos del texto del Código Tributario, que de entre otros puntos se tiene a los siguientes:
- Domicilio fiscal y procesal
- Obligaciones de los administrados
- Derechos de los administrados
- Obligaciones del comprador, usuario, destinatario y transportista
- Infracciones relacionadas con la obligación de emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago
- Fiscalización o verificación de la obligación tributaria efectuada por el Deudor Tributario
Descargue la norma aquí: Ley Nº 30296
Fuente utilizada: Sumillas AELE
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