jueves, 5 de abril de 2012

INFORME N.° 017-2012-SUNAT/4B0000

Consulta planteada a la SUNAT
Se consulta si se encuentra afecta al Impuesto General a las Ventas (IGV), la transferencia de propiedad de máquinas tragamonedas efectuada por una empresa dedicada exclusivamente a operar las mismas, y que realiza dicha transferencia con el objeto de renovar su maquinaria.

Conclusión
La transferencia en propiedad de máquinas tragamonedas, realizada por un sujeto que se dedica exclusivamente a la explotación de juegos de máquinas tragamonedas y que adquirió estas para su uso exclusivo en dicha actividad, se encuentra exonerada del IGV. 

Lea el íntegro del informe AQUI

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