miércoles, 19 de enero de 2011

IGV Crédito Fiscal Especial

Actual situación para la Región San Martín


Es conocido que a partir del 02 de enero de 2011, las operaciones de compra venta que se realicen en la Región San Martín, se encuentran gravados con el IGV (más IPM suman 19%), por lo que las empresas ubicadas en dicha zona deberán liquidar, cada fin de mes, el importe del IGV a declarar y a pagar si fuese el caso.


En el afán de determinar el monto del IGV a pagar (porsupuesto que si el débito fiscal es mayor al crédito fiscal), deben también considerar el Crédito Fiscal Especial a la que hace referencia el numeral 13.2 del artículo 13º de la Ley Nº 27037 (30.12.98) "Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía".


Si bien, a partir del 02.01.2011, las operaciones de compra y venta que se realicen en dicha zona está gravado con el IGV, la vigencia del mencionado Crédito Fiscal Especial, aún sigue vigente, esto es en aplicación de lo establecido en la Ley Nº 28575 publicado el 06.07.2005; la vigencia del referido crédito es hasta el 31 de diciembre de 2011 (este es el último año que se podrá utilizar).


Es de recordar que el mencionado Crédito Fiscal Especial se determina aplicando el 25% al impuesto bruto mensual. 


Vea también:
Situación de los Beneficios Tributarios Amazonía Región San Martín en la siguiente dirección:
http://armonizacioncontable.blogspot.com/2011/01/beneficios-tributarios-amazonia.html

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