Amplían plazo de ejecución del registro de las cooperativas en el formulario virtual o presentación del formulario impreso del “Directorio Nacional de Cooperativas 2012”, al que se refiere el Artículo 3º de la R.J. Nº 311-2012-INEI.
Norma publicada: RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 343-2012-INEI
Fecha de publicación: 02.01.2013
Lima, 18 de diciembre de 2012
Visto el Oficio N° 114-2012-PRODUCE/DVMYPEI/DIGECOMTE, de la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción, solicitando autorización para la ampliación del plazo de ejecución del “Directorio Nacional de Cooperativas 2012”.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Decreto Legislativo N° 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones: normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Básicas de los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales;
Que, la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción, con el documento del visto solicita la ampliación del plazo de ejecución del “Directorio Nacional de Cooperativas 2012” a nivel nacional, fi jado en la Resolución Jefatural Nº 311-2012-INEI, en razón a que no se ha culminado el registro de las cooperativas, algunas de las cuales han tenido inconvenientes debido a diversas actividades y eventos que realizan por cierre del año;
Que, en este sentido es necesario ampliar el plazo establecido en el artículo 3º de la mencionada Resolución Jefatural, a fin de que las cooperativas cumplan con registrarse a través del formulario virtual o presentación del formulario impreso;
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 81° y 83° del Decreto Supremo N° 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Legislativo N° 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Ampliar hasta el 31 de enero de 2013 el plazo de ejecución del registro de las cooperativas en el formulario virtual o presentación del formulario impreso del “Directorio Nacional de Cooperativas 2012”, al que se refiere el Artículo 3º de la Resolución Jefatural Nº 311-2012-INEI.
Artículo 2°.- Las cooperativas tienen la obligación de registrarse en el “Directorio Nacional de Cooperativas 2012”, para lo cual podrán acceder al llenado del formulario virtual a través de un aplicativo Web que está disponible en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es https://extranet.produce.gob.pe utilizando para ello la respectiva CLAVE de ACCESO, que solicitarán a la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción al correo electrónico: directoriocooperativas@produce.gob.pe. Los formularios debidamente absueltos deberán ser remitidos en Lima a la Calle Uno Oeste Nº 060-Urb. Córpac, San Isidro, y en los otros departamentos del país, a las Direcciones Regionales de Producción. Sólo para aquellas cooperativas que no tengan facilidad de acceso a Internet, podrán solicitar el envío del formulario físico al correo electrónico mencionado.
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