PAGO MENSUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA EN UNA EMPRESA ACOGIDA AL RÉGIMEN ESPECIAL DE RENTA
Escenario
La empresa se encuentra acogido al RER, se pide contabilizar el pago del IR mensual, para el cual se ha empleado fondos de la cuenta del SPOT.
Contabilización
El pago mensual del Impuesto a la Renta que realiza una empresa acogida al RER es de manera definitiva, por lo que la contabilización se realiza a una cuenta de resultados, en este caso, en una subcuenta de la cuenta 64; la contabilización sería como sigue (Importe supuesto de S/. 400):
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64 GASTOS POR TRIBUTOS ..............................400
641 Gobierno central
6417 Impuesto a la Renta
A....10 EFECTIVO Y EQUIVAL.DE EFECTIVO....................400
.......104 Ctas ctes en instituciones financieras
.......1042 Ctas corrientes para fines específicos
.......10421 Cuenta SPOT
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3 comentarios:
Pero ¿son considerados gastos para efecto tribitario? O son gastos reparables.
Por si de pronto durante el año cambie de regimen y suba o al regimen mype tributario o al regimen general...
Por las huevas porque un contribuyente acogido al RER no presenta DJ ANUAL. Así que no tienes nada qué reparar.
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