martes, 24 de mayo de 2011

Perú: Publican en El Diario Oficial El Peruano, Ley del Acto Cooperativo

El día viernes 13 de mayo fue publicado, en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 29683, que precisa los alcances de los artículos 3 y 66 del Decreto Legislativo 85, Ley General de Cooperativas, más conocida como la Ley del Acto Cooperativo.

Esta novísima norma, pone punto final a las acotaciones indebidas que venía aplicando la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), dejando sin efecto las los procesos, cualquiera sea su estado, sea en sede administrativa o judicial, con ello se devuelve la tranquilidad a más de 50 mil familias organizadas en cooperativas en todas las regiones cafetaleras del país.

Además esta Ley precisa y establece, que entre el socio y su cooperativa, no realizan actos mercantiles, estos son considerados Actos Cooperativos, estando estos inafectos del impuesto a la renta y del Impuesto General a las Ventas.

Esta norma resuelve la inestabilidad tributaria de las cooperativas, además de establecerles un marco justo, acorde a su naturaleza, para que puedan operar libremente, pudiendo con ello, transferir a sus socios, libre de impuesto, todo tipo de bienes, así como brindar servicios libre de impuestos, ya no se exigirá comprobante de pagos de actos mercantiles, como las facturas o boletas de vetas, documentos que solo se utilizarán para operaciones con terceros no socios. Para las operaciones con socios, se tendrá un documento especial, que será establecido por la SUNAT, en un plazo de 60 días, en tanto no lo establezca, las cooperativas podrán establecer libremente sus propios documentos internos sustentatorios.

El gran impulsor de esta Ley, fue el congresista reelecto José Urquizo Maggia. Proyecto de Ley, que fue presentado el 10 de diciembre del 2009, desde un inicio este proyecto contó con el apoyo de las distintas bancadas, destacándose la participación del congresista, Rafael Yamashiro, Presidente de la Comisión de Economía, Banca e Inteligencia Financiera.


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