Una consulta que acabo de responder es de cual sería la cuenta a utilizar en la contabilización de la retención judicial por alimentos que se le realiza en planilla al trabajador.
Respuesta
Sobre el tema, debo de indicar que el PCGE no tiene previsto de manera expresa una cuenta, subcuenta, divisionaria y/o subdivisionaria (que es el nivel en que se ha publicado) para el caso de las retenciones, por lo que considerando la naturaleza de la misma que es la de obligaciones varias, deberíamos aperturar una divisionaria dentro de la cuenta 46, del cual mi sugerencia sería "4696 Retenciones Judiciales".
De lo expuesto y considerando de que la retención se concreta en la determinación de la remuneración neta a pagar, que es trabajada al momento de realizar la Planilla de Sueldos, el asiento contable de esta será como sigue:
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62 GASTOS DE PERSONAL, DIRECTORES Y GERENTES
621 Remuneraciones
6211 Sueldos y salarios
627 Seguridad, previsión social y otras contribuciones
6271 Régimen de prestaciones de salud
A....40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL
......SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR
......4017 Impuesto a la renta
......40173 Renta de quinta categoría
......403 Instituciones públicas
......4031 ESSALUD
......4032 ONP
......407 Administradoras de fondos de pensiones
A....41 REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR
......411 Remuneraciones por pagar
......4111 Sueldos y salarios por pagar
A....46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – TERCEROS
......469 Otras cuentas por pagar diversas
......4696 Retenciones Judiciales <-- divisionaria propuesta
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La contabilización del pago a la beneficiaria, sería como sigue:
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46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – TERCEROS
469 Otras cuentas por pagar diversas
4696 Retenciones Judiciales <-- divisionaria propuesta
A....10 EFECTIVO Y EQUIVALENTE DE EFECTIVO
......104 Cuentas corrientes en instituciones financieras
......1041 Cuentas corrientes operativas
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3 comentarios:
Excelente informacion :)
Excelente!
gracias :)
Excelente info dr.
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