miércoles, 5 de enero de 2011

Ley Nº 29647 - Situación del reintegro tributario del IGV en el Alto Amazonas

Les traslado un comentario que hice llegar a unos colegas respecto a la situación del reintegro tributario en el Alto Amazonas.


COMENTARIO
La mencionada Ley Nº 29647, publicada el 01.01.2011, expresa la restitución de los beneficios tributarios del Reintegro Tributario del IGV así como la exoneración del IGV a las importaciones que tengan como destino, entre otras la provincia del Alto Amazonas.
Respecto al Reintegro Tributario del IGV, si bien ha sido restituida también a la provincia del Alto Amazonas, es de aclarar que a partir del 02.01.2011, las ventas que se realice están gravadas con el IGV, por lo que si se trata de ver cual es la situación del IGV pagado en las adquisiciones de productos cuyas partidas arancelarias se encuentran comprendidas en el convenio Colombo-Peruano, dicho IGV puede ser materia de devolución por aplicación del Reintegro Tributario y/o utilizarlo como crédito fiscal.

1 comentario:

DANNY TRUJILLO dijo...

ESTIMADO JOSE GARCÍA
TENGO CLARO QUE EN EL PERÚ HAY UN CONVENIO QUE ES EL Colombo-Peruano, POR LO CUAL NOSOTROS SOMO UNA EMPRES QUE IMPORTADOS MAQUINARIAS AGRÍCOLAS Y TENEMOS EL BENEFICIO DE LA DEVOLUCIÓN DEL IGV Y ADVALOREN, MI CONSULTA ES COMO SERIA LOS ASIENTOS CONTABLES CUANDO SOLICITO LA DEVOLUCIÓN DEL DEL IGV Y ADVALORE, YA QUE NO ME DEVUELVEN EL 100% DE LO SOLICITADO.