martes, 30 de diciembre de 2014

A partir del 01.01.2015, obligación de emitir Recibos de Honorarios Electrónicos


Es de recordar a las PERSONAS CON RENTAS DE 4TA CATEGORIA que presten servicios a empresas y entidades que sean agentes de retención (*) de rentas de cuarta categoría, que a partir del 01 de enero de 2015, deberán emitir Recibos de Honorarios Electrónicos.

(*) Contribuyentes del Régimen general

Mayor información: Orientación SUNAT

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