martes, 16 de abril de 2013

Res. Sup. N° 124-2013/SUNAT - Régimen de Retenciones en operaciones en la que se emite Liquidación de Compra

Sobre el tema, es de comentar que al modificar el texto del artículo 2º de la Res. de Sup. Nº 234-2005/SUNAT, se confirma la suspensión de la aplicación del Régimen de Retenciones (1.5%), hasta el 31 de diciembre de 2013, en aquellas operaciones por las que el adquiriente se encuentra obligado a emitir Liquidaciones de Compra, relacionadas a productos primarios derivados de la actividad agropecuaria del cual como se sabe, con la publicación de la Res. de Sup. Nº 028-2013/SUNAT, se había establecido la aplicación del Régimen de Retenciones (1.5%) a partir del 01.03.2013. 

Norma publicada: Res. Sup. Nº 124-2013/SUNAT
Fecha de publicación: 13.04.2013
Fecha de vigencia: 14.04.2013
Texto de la norma:

Artículo Único.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
Sustitúyase el artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N.° 234-2005/SUNAT y normas modificatorias, por el siguiente texto:

Artículo 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
La presente resolución regula el Régimen de Retenciones del Impuesto a la Renta aplicable a las operaciones por las cuales el adquirente está obligado a emitir liquidaciones de compra o que, sin estarlo, emita documentos como liquidaciones de compra.
No se encuentran comprendidos dentro de los alcances del presente Régimen de Retenciones, las operaciones que se realicen respecto de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria.”

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- VIGENCIA
La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.


Segunda.- APLICACIÓN DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 2° DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.° 234-2005/SUNAT
Lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N.° 234-2005/SUNAT, modificado por las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 028-2013/SUNAT, 069-2013/SUNAT y la presente resolución, se encontrará vigente hasta el 31 de diciembre de 2013.
A partir del 1 de enero de 2014, el Régimen de Retenciones del Impuesto a la Renta, aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 234-2005/SUNAT y normas modificatorias, será de aplicación respecto de los productos primarios derivados de la actividad agropecuaria.

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