sábado, 31 de diciembre de 2011

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 296-2011/SUNAT

Fijan tasa de interés aplicables a las devoluciones por pagos realizados indebidamente o en exceso por tributos administrados o recaudados por la SUNAT así como las retenciones y/o percepciones no aplicadas del IGV

Norma publicada: Res. de Superintendencia Nº 296-2011/SUNAT
Fecha de publicación: 31.12.2011
Fecha entrada en vigencia: 01.01.2012
Texto de la norma: AQUI

Resumen:
Mediante el presente dispositivo, se está fijando las tasas vigentes a partir del 01 de enero de 2012, las mismas que a continuación se detallan:
a. Tasa de interés aplicable a las devoluciones en moneda nacional en 0.50% mensual
b. Tasa de interés aplicable a las devoluciones en moneda extranjera en 0.30% mensual
c. Tasa de interés aplicable a las devoluciones por Retenciones y/o Percepciones no aplicadas del IGV en 1.20% mensual

Normas relacionadas:
- Artículo 38º del Código Tributario -D.S. 135-99-EF
- Literal b) de la Primera Disposición Transitoria del Decreto Legislativo Nº 953
- Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1053
- Artículo 5º de la Ley Nº 28053
- Res. de Sup. Nº 342-2010/SUNAT

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