lunes, 31 de octubre de 2011

LEY Nº 29796

LEY QUE AMPLIA EL PLAZO DE APLICACION DE LA LEY 27889, LEY QUE CREA E FONDO Y EL IMPUESTO EXTRAORDINARIO PARA LA PROMOCION Y DESARROLLO TURISTICO NACIONAL
Con fecha 31.10.11, se ha publicado la Ley Nº 29796 con el cual se está ampliando por el lapso de diez (10) años adicionales, el plazo de vigencia de la Ley Nº 27889.
Como es de recordar, la mencionada Ley Nº 27889 fue publicada el 19 de diciembre de 2002, del cual se estableció como plazo de vigencia también el de diez (10) años; norma en el cual se creó el mencionado impuesto extraordinario para la promoción y desarrollo turístico nacional y que tiene como sujeto pasivo a personas naturales que empleen medios de transporte aéreo de tráfico internacional, siendo el hecho generador la entrada al territorio nacional de las referidas personas naturales; asimismo, la mencionada norma dispuso como agentes de percepción a las empresas de transporte aéreo de tráfico internacional quienes vienen percibiendo el Impuesto, conjuntamente con el valor del pasaje aéreo internacional en el momento de la emisión del billete o boleto de pasaje aéreo.

Vea el texto de la norma en mención en el siguiente enlace: Ley Nº 29796

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