lunes, 22 de agosto de 2011

Breves - NIIF que debemos aplicar

¿Quienes deben aplicar las NIIF PYME y quienes las NIIF Completas?

Paso a compartir una constante interrogante referida a la aplicación de las NIIF, que actualmente se agrupa en NIIF para PYME y NIIF Completas; en este caso, la interrogante consiste que grupo de ellas debemos utilizar en nuestra contabilidad con fines de preparar información financiera.

Respuesta
Antes de pasar a la respuesta, es necesario comentar las versiones que se presentan respecto a las NIIF Completas, siendo estas dos (2):

i. NIIF Completas alienadas con la International Accounting Standars Board -IASB-
ii. NIIF Completas oficializadas por el Consejo Normativo de Contabilidad -CNC- 

De lo expuesto y respecto a la obligación de utilizar las NIIF, esta la podemos clasificar como sigue:


a. Las NIIF para PYME, es aplicada en aquellas contabilidades de empresas con activos y/o ingresos totales iguales o menores a 3000 UIT.

b. Las NIIF Completa alineadas con el IASB, es aplicada en contabilidades de empresas bajo supervisión de CONASEV
c. Las NIIF Completa oficializadas por el CNC, es aplicada en contabilidades de empresas con activos y/o ingresos mayores a 3000 UIT.


Para finalizar y considerando lo antes expuesto, es más seguro quenos estaremos preguntando de cual es la situación de las entidades que se encuentran bajo la supervisión de la SBS y AFP, como así también las entidades sin fines de lucro, en ese caso es de comentar que el primero de los mencionados deben emplear las Normas Contables del Sistema Financiero y en el caso del segundo, han de emplear las NIIF para PYMES o las NIIF Completas o las USGAAP, la que corresponda.


CPCC José L. García Q.

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