miércoles, 16 de febrero de 2011

PCGE Contabilización de pagos a cuenta mensual del Impuesto a la Renta

Consulta
Una consulta frecuente respecto a la aplicación de las cuentas del PCGE es de como se contabiliza los pagos a cuenta mensuales del impuesto a la renta, que en aplicación del artículo 85º de la Ley del Impuesto a la Renta debe de realizar mensualmente todo perceptor de renta de tercera categoría acogido al Régimen General.

Respuesta
Antes de pasar a exhibir el tratamiento contable, es de indicar que el PCGE no contempla de manera específica, una cuenta, subcuenta, divisionaria o subdivisionaria alguna, por lo que será necesario implementar dentro de la subdivisionaria "40171 Renta de tercera categoría" una cuenta analítica en la que anotaremos los mencionados pagos materia de la presente consulta, haciendo la precisión de que esta analítica implementada tendrá la naturaleza DEUDORA y/o SALDADA. 

40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR
401 Gobierno central 
4017 Impuesto a la Renta
40171 Renta de tercera categoría
401711 IR 3ra - Anual 
401712 IR 3ra - A cuenta
401713 IR 3ra - Saldo a favor

Las analíticas (6 dígitos) es una propuesta personal, cada uno debe implementar en su contabilidad las analíticas de acuerdo a sus necesidades internas.

La contabilización del pago a cuenta mensual del IR sería como sigue: 
--------------- x --------------- 
40 TRIBUTOS, CONTR.APORT.PENS.......XXX 
4017 Impuesto a la renta 
40171 Renta de tercera categoría 
401712 IR 3ra - A cuenta
A...10 EFECTIVO Y EQUIVAL.DE EFECT..................XXX 
.....104 Ctas ctes en instit.financieras 
.....1041 Cuentas corrientes operativas
--------------- x --------------- 

La presentación en Estado de Situación Financiera del saldo de los pagos a cuenta es en la parte del ACTIVO.

CPCC JOSE L. GARCIA Q.

40 comentarios:

franklin dijo...

Estimado Profesor:

mi consulta referido a los pagos a cuenta, los pagos a cuenta durante el ejercicio contable, refleja en el la hoja de trabajo, seria con la cuenta 401712 en el activo, explicarme un poco que no lo tengo muy claro y cuando hay saldo a favor de I.R durante el ejercicio

JOSE GARCIA dijo...

La contabilización a la divisionaria 401712 obedece a un aspecto de dinámica contable; el saldo deudor de dicha divisionaria representa un activo, y es así como se presentará en los estados financieros (estado de Situación Financiera).
El saldo a favor es el mayor pago a cuenta respecto al impuesto a la renta del ejercicio, eso se determina y declara en la declaración jurada anual.

Jose L. García

Anónimo dijo...

Buenas tardes CPC Jose:

Mi consulta es: si me queda un sierto monto como credito fiscal(IGV)de 1300, Perceciones 500 y retenciones 800 en el mes de Setiembre. en octubre tengo que pagar 2900 como seria el asiento de pago. de andemano agradesco su ayuda. gracias

Miguel Angel dijo...

Buenas tardes, una consulta sobre los pagos a cuenta.

En el mes de diciembre como deberia de provisionar la obligacion de pago para el mes de enero

a cuenta renta Dic-2011

JOSE GARCIA dijo...

El pago a cuenta se contabiliza siempre que se haya pagado; al 31 de diciembre, no se contabiliza el monto del pago a cuenta del mes de diciembre, esto recien ocurrira cuando se haya procedido al pago, es mas, al 31 de diciembre dicha cuota no es un pasivo, esto lo sera despues del plazo maximo para su vencimiento.

Miguel Angel dijo...

devuelta yo Gracias Sr jose pero sigo teniendo la duda, espero no caer pesado :)

porque en yo vi en otros años que realizaban esto

38 xxx
40 xxxx
x/x por pago a cuenta del mes de diciembre

me dijero q lo hacian para que cuadre sus pagos a cuenta con la declaracion jurada

con en nuevo plan como seria, esa es mi duda

gracias de todas maneras

JOSE GARCIA dijo...

Hola Miguel, como te comento en mi respuesta anterior, solo formará parte de tu contabilidad los importes pagados; no es posible mostrar en la contabilidad y por lo tanto en los EEFF, importes que al 31 de diciembre aún no han sido pagados. El tema de los pagos a cuenta del IR en la DJ no es al 31.12 sino a la fecha de presentación de la DJ anual.

Anónimo dijo...

en el caso que mi estado de ganancias y perdidas me arroje perdida pero yo e venido haciendo pagos a cta de IR,esos pagos a cta t los pueden devolver???

JOSE GARCIA dijo...

Los pagos a cuenta mensual del impuesto a la renta deberán ser empeladas contra el impuesto a la renta del ejercicio, esto se determina una vez finalizado el referido ejercicio.
El impuesto a la renta se determina sobre el Resultado Tributario, que en ese caso deberá ser una Renta Neta (porque también puede que resulte Pérdida Tributaria), resultado que no es necesariamente igual al resultado contable del cual refieres que tienes pérdida, por lo que te sugiero que primero determines el resultado tributario para el cual, el punto de inicio será el Resultado Contable del cual mencionas que te resultó pérdida, a ella le debes realizar los reparos tributarios (adiciones y deducciones).
Si te resulta Pérdida Tributaria, los pagos a cuenta que has efectuado, las debes declarar en la DJ Anual, allí elijes si deseas devolución o emplearlo como crédito y utilizarlo en el pago de los pagos a cuenta mensual del próximo ejercicio.

Elio MR dijo...

Sr Buen dia, una consulta:
Tengo una empresa q se dedica a la compra de recursos hidrobiologicos el cual compra la especie a una embarcación ARTESANAL para que luego se venda a las fabricas conserveras.
Ya renuncie a la exoneración del IGV.
La Embarcación ARTESANAL es de mi padre. ¿ Yo como empresa puedo asumir los gastos operativos (combustible, mantenimiento, compra de suministros) de la emb. ARTESANAL; o de que manera podría asumir los gastos operativos? O cual cree Ud. Que sería la forma adecuada para asumirlos? O no se puede.
Yo estaba viendo de la manera siguiente, de hacer un contrato de alquiler de la Emb Artesanal, pero implicaría q mi padre pague impuesto de alquiler el cual le conllevaría a formalizarse. (el quiere ser artesanal y no formalizarse).
Por otro lado, ¿puedo facturar todos los gastos operativos a mi razón social o no?, que consecuencias tributarias ocasionaría?

Gracias de antemano por la información brindada y asesoramiento.

Henrry Saldaña dijo...

Señor Garcia mi consulta es la siguiente si yo estoy arrastrando credito ya sea por renta o igv y por error se deja de arrastrar dicho credito en la DJ mensual ¿como arreglaria contablemente mi cuenta 40 ya que habria diferencia entre lo que tengo contablemente y lo que tiene la sunat tributariamente o esa diferencia que reflejo en mi cuenta contablemente es muy aparte de lo tributario?

Anónimo dijo...

Buenas tardes, tengo una consulta:
Mire la DDJJ Anual se declara en el mes de Marzo-Abril bien. Yo quisiera saber cómo hago con los pagos a cuenta, si al fin de 31.12.2011 aún no he pagado mi Renta de Dic-2011, Pero en el DDJJ Anual en la casilla 128 figuran los pagos a cuenta.... estos pagos a cuenta son de Enero 2011 a Dic 2011 ó de Dic 2010 a Nov. 2011... Muchísimas gracias por la respuesta

JOSE GARCIA dijo...

Buen día, en el mencionado casillero usted debe consignar los pagos a cuenta que ha realizado hasta el mismo día de la presentación de la DJ Anual 2011; los pagos a cuenta del IR realizados al 31.12.11 es un saldo contable, del cual es correcto que en ella solo se muestre los pagos a cuenta efectuados hasta el 31.12.11 que es de entenderse no incluye el pago a cuenta del mes de diciembre por cuanto esta es pagada recién en enero del 2011.

Anónimo dijo...

Una consulta, en el caso del I.R. a fin de año, porque no se cancela como en el caso de AFP que se paga en enero del siguiente ejercicio y se cancela y solo queda para el próximo año lo pendiente de diciembre, este misma dinamica porque no ocurre con lo del I.R. porque en mi balance sigue creciendo..
Gracias

angello dijo...

BUENOS DIAS, UNA PREGUNTA ME ENCUENTRO EN EL REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA, INICIANDO ACTIVIDADES ESTE AÑO, DENTRO DE MI DECLARACION ME ARROJA UN MONTO A PAGAR EN LA CASILLA 324 ¿PARA PODER CANCELARLO DEBO CONSIGNARLO TAMBIEN EN LA CASILLA 307?, AHORA DE SER ASI ¿COMO REALIZO EL PAGO?, AHORA TAMBIEN ¿EN QUE ME FAVORECE EL SALDO A FAVOR? PUEDE SER UTILIZADO DE ALGUNA MANERA. SE LO AGRADESCO SI ME PODRIA RESPONDER ESTAS INTERROGANTES.

Lisaida Almeida dijo...

BUENOS DÍAS ,UNA CONSULTA EN EL AÑO 2010 PARA DETERMINAR MI PAGO ANUAL DE IMPUESTO ALA RENTA HE TOMADO COMO PAGOS A CUENTA TODOS LOS PAGOS REALIZADOS EN EL 2010, MAS 02 PAGOS QUE SE HIZO EN EL AÑO 2011 (ENE Y FEB -2011).
MI PREGUNTA:
AL MOMENTO DE HACER MI PDT IGV -621 DE LOS MESES ENERO -Y FEBRERO DEBO MENCIONAR LOS PAGOS YA APLICADOS COMO PAGOS A CUENTA EN EL PERIODO 2010.ESTARE EN LA ESPERA DE SU PRONTA RESPUESTA GRACIAS..

www.hotmail.com dijo...

Buenas Noches. Si no realize mis pagos a cuenta mensual y al realizar el cierre de balance de fin de año me arroja perdida, ¿que sucede con los pagos a cuenta que no pague, como lo presento en la DDJJ Anual para que no me cobren?

Anónimo dijo...

favor quiero sabes como se provisiona el impesto a la renta, si al hacer mi balance tengo que pasarlo al activo..

38.....x
4017............x
...por la provision...
4017....x
104..............x
...por el pago..
quero saber si se provisiona asi
ya que en el momento que realizo el pago del impuesto de 3era cat. cancelarlo todo y no me aparesca nada ,
o no se provisiona con ninguna cuenta..
o solo se realiza el pago..
4017........x
104.................x

favor de ayudarme con esta imcognita

Anónimo dijo...

BUENAS NOCHES
UN FAVOR TENGO UNA DUDA ACERCA DE COMO SERIA EL ASIENTO DE APERTURA COMO CONTRIBUYENTE ACOGIDO AL REGIMEN GENERAL CUANDO MI ANTERIOR REGIMEN ERA EL ESPECIAL
GRACIAS

edgar dijo...

felicitaciones de antemano..usted menciono que los pagos a cuenta que se detalla en el pdt anual,,es hasta los pagos que se han realizado hasta el vencimiento de ddjj anual..es obligatorio eso, que pasaria si solo lo pongo de enero a diciembre del 2012.....

edgar dijo...

ejemplo:
impuesto calculado(2012).....1015
-pago a cuenta...............(940)
(ene-dic 2012)
renta x pagar ...............75 soles
nota..
he utilizado los pago a cuenta de ene a dic 2012.puedo obviar los de enero y febrero 2013, o obligado tengo que ponerlos ya que en el pdt renta anual 2012.. estan los casilleros respectivos de enero 2013 y febrero 2013

Anónimo dijo...

UNA EMPRESA MULTINACIONAL COMPRA UNA EMPRESA ARTESANAL DE YOGURT DONDE FIRMAN UN CONTRATO DE NO HACER NINGUN TIPO DE YOGURT POR 5 AÑOS OTORGANDOLE UN PAGO DE 425000 DOLARES MAS IGV, MI PREGUNTA ES CUAL ES EL ASIENTO CONTABLE , Y QUE IMPORTE ES EL PERMITIDO,GRACIAS

MELINA

Anónimo dijo...

buenos dias... mi consulta es si el fraccionamiento de tributos es deducible del impuesto a la renta... y si porfavor me pudiera explicar el articulo 37° de la ley del impuesto a la renta... gracias

JOSE GARCIA dijo...

Tal vez su consulta está referida a si los intereses que se determinan en un fraccionamiento tributario es gasto aceptado para fines de determinar la Renta neta, en ese caso, la respuesta es afirmativa, siendo la base normativa el inciso a) del artículo 37º de la Ley del IR.

Anónimo dijo...

una consulta que hago si no he provisionado los pagos a cuenta del ir en el balance anual hay alguna solucion o pierdo todo lo no considerado ya que soy nueva en esto y no sabia bien el funcionamiento del extracto de la sunat yo solo lo puse de enero a diciembre y para el balance de enero a abril pero año actual entonces no jalo de los periodo anterior y salio como si no pagara nada el año presente como hago y no qiero rectificar

Anónimo dijo...

q asiento puedo realizar este año ya q en el balance no he provisionado los pagos a cuenta q se realizaron en marzo pero del periodo 2012, como lo arreglo y es una cantidad considerable, le estare muy agradecida

Anónimo dijo...

ola por favor quisiera saber cual seria el asiento contable del pago de impuesto a la renta en el periodo diciembre del 2013....

Anónimo dijo...

creo que no me explique muy bien quiero saber como debo contabilizar el pago a cuenta del impto a la renta del periodo diciembre 2012 en el periodo 2013...

Anónimo dijo...

Buenas tardes. si le pago a mi arrendador alquileres del año pasado.. tengo que poner esos gastos para el balance del 2013 o los considero en el 2014

Anónimo dijo...

por favor necesito de su ayuda quiero saber como puedo provisionar el impuesto a la renta de tercera categoria mensual
quisiera saber los asientos contables para la provision y pago de dichas cuentas .

Anónimo dijo...

BUENAS TARDES, TENGO UNA CONSULTA.. ESTOY HACIENDO UN TRABAJO SOBRE PDT, Y EN LA MONOGRAFIA HACE REFERENCIA QUE EN EL REG. DE VENTAS TENGO CON BOLET. VTA. 1000.00 , UNA NOTA DE DEBITO DE 650, PERO ADEMAS EMITO UNA NOTA DE CREDITO POR 10000.OO POR DEV. DE MERCADERIA CORRESPONDIENTE AL MES ANTERIOR....
ENTONCES COMO RESULTADO EN MI REGISTRO DE VENTA SALE NEGATIVO
ENTONCES COMO HARIA.. EN ESE CASO...
EN EL PDT CUANTO DEBERIA PONER EN VENTAS NETAS.... Y COMO LO REGISTRO ESA NOTA DE CREDITO EN EL PDT...
LE ESTARIA MUY AGRADECIDA.. SI ME AYUDA PORFAVOR.. GRACIAS.

Chit.tu.Shit dijo...

Estimado, mi consulta sería la siguiente.

En el supuesto que haya presentado su DJ 2013 y haya obtenido saldo a faor del IR... como contabilizar los pagos a cuenta del IR luego de la DJ?
Además, los pagos a cuenta de Diciembre que se pagan en Enero como tratarlos? y que asiento hacer a fin de año?

ANGEL PINEDO TORRES dijo...

HOLA BUENAS TARDES..MI CONSULTA ES RESPECTO A LA CUENTA 40 RENTA ANUAL DEL 2013 QUE FUE CANCELADA EN ABRIL DEL 2014....PERO HASTA 2015 ESA CUENTA 40 SIGO COMO PENDIENTE DE PAGO....MI PREGUNTA ES ¿QUE EFECTOS TRIBUTARIOS ACARREO POR ESE ERROR? ¿ COMO LO ENMIENDO EL ERROR? Y ¿ QUE EFECTO TENGO SI CANCELO EN EL 2015 MENCIONADO PASIVO?......AGRADECERIA POR FAVOR ME AYUDARAS A RESOLVER ESE INCOVENIENTE..........ATTE ANGEL

Anónimo dijo...

COMO HAGO LA LIQUIDACION O PADO DEL IMPUESTO A LA RENTA ANUAL YO HAGO ESTE ASIENTO CONTABLE ESTARIA BIEN

30% DE IMPUESTO A LA RENTA 401711-----10,000
PAGOS A CTA DE RENTA 14 401711--------------12,000
PAGOS A CTA DEL ITAM 2014 401861--------------500
SALDO A FAVOR PARA EL 2015 401711----2,500

ESTARIA CORRECTO MI ASIENTO ???

Anónimo dijo...

se puede registrar en un mismo asiento la rente de tercera y quinta categoria

Unknown dijo...

los pagos del impuesto a la renta y del igv, se rendondean , o se pagan asi con las decimales, si se redondea me generaria un gasto como lo registro contablemente ?

Unknown dijo...

ESTIMADO DR. LE SALUDA ROY VARGAS ESPERANDO ME PUEDA AYUDAR A DESPEJAR MI DUDA MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO, LOS PAGOS A CUENTA DEL IR. COMO DEBEN FIGURAR EN MI ASIENTO DE APERTURA EN EL DEBE O EL HABER..?

Anthony Patrick dijo...

el saldo a favor queda en el debe de la cuenta 40, para sacarlo de pago a cuenta la 40 del saldo a favor debe estar en el debe y la 40 de pago a centa al haber, entonces en el balance general la cuenta 40 estara en los activos por el saldo a favor?

Anónimo dijo...

Buenas tardes, mi consulta es la siguiente
como compenso un pago a cuenta del IR
si durante el año realizo un pago a la Cta del IR, entonces al 31 de diciembre cuando calcule mi impuesto a la renta sobre la utilidad tributaria, como hago el asiento para descontar el pago que realicé? y que la diferencia del descuento regrese a mi resultado acumulado para conservar el balance
En setiembre del 2017 hago un pago a cuenta del IR por 4200.00
4017--4200
104--------4200
al 31 de dic del 2017 obtengo una utilidad neta de 290,000 y un impuesto de 87,000
entonce en tendria 87000 en el haber de la 40
88--87,000
4017-------87,000
pero al mayorizar la cuenta 40 resulta con un saldo acreedor de 82,800
Entonces como regreso esos 4,200 de diferencia a mi cuenta 89 o directo a la 59 para no perder el balance
Gracias de antemano

Roy Perez dijo...

Buenos días estimado CPC José, una consulta los pagos a cuenta al 31.12.2011 deben ser reclasificados en el rubro otras cuentas por cobrar (Estado de Situación Financiera), mi pregunta es dicho saldo debo compensar en la fecha de presentación de la dj anual o sea mes de marzo o abril?. me refiero contablemente.. muchas gracias.