jueves, 7 de enero de 2010

TRABAJADOR EN PLANILLA Y CON RH

Comentario acerca de si una empresa puede tener personal en planilla y a la vez este mismo personal percibe renta de 4ta categoría de la misma empresa

¿La preocupación de la pregunta que me plantean es que si esto es posible, si es legal?

COMENTARIO
La respuesta es si, quiere decir de que si puede darse el caso de que una empresa tenga a un trabajador en planilla percibiendo una remuenración (renta de 5ta) y que este a la vez haya prestado un servicio cuyo ingreso corresponda a rentas de 4ta categoría, del cual es de aclarar que en este caso el referido trabajador no debe emitir RH; también es de aclarar que en lo tributario, si bien el servicio prestado corresponde al de 4ta categoría, EL EMPLEADOR DEBERA dar tratamiento a dicho monto como una RENTA DE QUINTA CATEGORIA, por lo que deberá ser tomado en cuenta para los fines de determinar la retención mensual del IR de 5ta categoría. El referido monto deberá ser consignado en el Libro de Retenciones Incisos e) y f) del Artículo 34º de la LIR; salvo que estuviera obligado a declarar estos importes vía la Planilla Electrónica.

CPCC JOSE L. GARCIA Q.
Asesoría Contable - Tributario

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