jueves, 28 de mayo de 2009

Contabilizacion Declaracion Unica de Aduanas DUA de Importacion


Declaración Unica de Aduana (DUA)

Este documento es emitido por la autoridad aduanera, en ella el importador procede a declarar las mercancías que está importando y del cual debe proceder a pagar los derechos aduaneros y demás impuestos que gravan la importación.
Este documento es una parte del total de documentos que vamos a tener que dar tratamiento contable en una operación de importación de bienes (existencias, activos fijos, etc.), en donde la sumatoria de todos ellos nos va a permitir determinar el COSTO DE ADQUISICIÓN a la que nos hace referencia el párrafo 11 de la NIC 2 EXISTENCIAS, así también el nuemral 1 del 6to párrafo del artículo 20º de la Ley del Impuesto a la Renta.
Para fines de apreciar la contabilización, vamos a pasar a exponer la información contenida en una DUA de importación (importes supuestos), el mismo que está la expresamos en dólares americano (que es como es emitido por la autoridad aduanera), el TC que vamos a emplear es de 2.814 (para llevarlo a moneda nacional); antes de continuar, es de comentarle que toda DUA contiene información referencial (no se contabiliza) e información que si es materia de contabilización, en nuestro caso, el importe referencial asciende a USD 28,265.50, y el importe a pagar (que es lo que se contabiliza) asciende a USD 9,406.76; también es de aclarar que el presente caso,estamos asumiendo que el caso presente es el de una importación de materias primas, así también que la empresa que está realizando la importación realiza operaciones de venta gravadas con el IGV, por lo que el IGV pagado en sus compras,es un impuesto del cual tiene derecho a utilizarlo como Crédito Fiscal (artículo 69º, 18º y 19º de la Ley del IGV).

Desarrollo del caso
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DETALLE                        USD
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F
OB                         26,465.50
Flete                          1,200.00
Seguro                          600.00
Ajuste Valor                      0.00 
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VALOR ADUANA......28,265.50

Ad Valorem                 3,391.86
Sobretasa                          0.00
Derecho específico             0.00
ISC                                   0.00
IPM 2%                         633.15
IGV 17%                     5,381.75
Derecho Antidumping         0.00
Servicio Despacho             0.00
Interés Compensatorio       0.00
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TOTAL A PAGAR      9,406.76

Como le comentaba, la primera parte es referencial, la parte que se contabiliza es lo realmente pagado que en el presente caso asciende a US$ 9,406.76, al cual le vamos a aplicar el TC 2.814:

--------------- x ---------------
60 COMPRAS........................9,544.69
609 Costos vinc. con la compra
6091 Cost.vinc.con la compra
60912 Otros costos vinculados
40 TRIB.SIST.PENS.SALUD.....16,925.92
401 Gobierno Central
4011 Impuesto General a las Ventas
40111 IGV Crédito Fiscal
A...42 CTAS POR PAGAR COM.-TERC............26,470.62
.....421 Fact, bol y comp.de pago x pagar
.....4212 Emitidas
.....42122 Documentos en ME
--------------- x ---------------
28 EXIST. POR RECIBIR............9,544.69
284 Materias Primas
2842 Materias Primas importadas
A...61VARIACION DE EXISTENCIAS...............9,544.69
.....612 Materias Primas
--------------- x ---------------

Como puede aprecuar del tratamiento contable expuesto, el importe del Advalorem va al costo del producto importado, esto en aplicación de la definición de COSTO DE ADQUISICION, del cual en una de su descripción expone que forma parte del costo de adquisición los aranceles de importación y demás impuesto que no sean de posterior utilización para fines fiscales, como es el caso del IGV del cual lo estamos contabilizando como crédito fiscal.

En la espera de haber contribuido en algo con la contabilziación del presente documento me despido de ustedes.

CPCC José L. García Q.

22 comentarios:

Anónimo dijo...

como se contabiliza el valor real de la compra segun su factura origen, ya que en mi PDT IGV Renta mensual declaro como compra el valor referencial (por el IGV) es decir en su caso seria Base Imponible S/89083.79 IGV S/16925.92, pero en realidad mi compra segun factura origen es un monto menor, mas aún cuando la DUA tiene ajustes.
Por favor si pudiera orientarme al respecto, con un ejemplo completo con una factura del exterior y ajustes en polizas. Gracias

Anónimo dijo...

Sr. CPC, ppor faovr agradecere se sriva responder el comentario de la persona como aNONIMO, ya que en el pdt 621 IGV RENTA se debe poner un valor referencial para poder utilizar el igv de la DUA(IGV PAGADO)

Anónimo dijo...

Hola amigo ANONIMO, en el PDT621 debes consignar una base imponible que multiplicado por el 19% da el importe del IGV consignado en la DUA, en este caso, lo que interesa es el importe del IGV con derecho al Crédito Fiscal.
Si bien la base imponible puede que no coincida con el importe cosnignado en la factura comercial, asi también con el importe del Flete y del segur, es de indicar que esto es normal, porque lo que se estaría declarando en el mencionado PDT es la base de cálculo que ha utilizado SUNAT/Aduanas.
En lo contable porsupuesto que debe estar consignado el importe de la factura comercial (invoice), el importe del Transporte (BL), el importe de la factura del seguro. El importe que figura en la DUA como VALOR DE ADUANAS es solo referencial, de la DUA solo se contabiliza el importe pagado, quiere decir, los derechos arancelarios, IGC, IPM y demás conceptos pagados a SUNAT/Aduanas vía la DUA.

CPCC JOSE LUIS GARCIA QUISPE

Anónimo dijo...

MUCHAS GRACIAS POR ACLARARME MIS DUDAS, SOY UNA ESTUDIANTE DE CONTABILIDAD Y AHORA PUEDO VER MEJOR LAS COSAS.

Anónimo dijo...

que por ciento de impuesto se paga por importacion y que es dua

Jose Garcia dijo...

Son varias las tasas del Advalorem (0%, 9% y 17%), y mucho depende de la partida arancelaria de la mercancía que se esté importando.
En la página de la SUNAT, puede obtener mayor información de las partidas arancelarias y del porcentaje de advalorem que se aplica a cada uno de ellos.

Anónimo dijo...

Sr. CPC queria hacerle una consulta no se si podria dar respuesta.
tengo una declaración simplificada el valor Fob Total es por US$ 1.902 (igual que la Factura comercial)también figura flete US$ 40 Seguro US$ 39 Haciendo un valor CIF US$ 1.981
Cuando veo la DUa el valor CIF es US$ 2.607 hay una diferencia de US$ 626 esa diferencia tengo que contabilizarlo aparte con el seguro y flete .
Anticipadamente gracias por su respuesta.

Anónimo dijo...

SR CPCPC POR FAVOR DE ABSORVERME LA CONSULTA
EL TIPO DE CAMBIO QUE SE TOMA ES DE LA FECHA DE CANCELACION O EL QUE APARECE IMPRESO EN LA DUA / DENTRO DEL RECUADRO Nº02 REGISTRO DE ADUANAS.

Cris dijo...

Hola a todos!

tengo dudas sobre el tipo de cambio que debo considerar para contabilizar la factura del proveedor y la del transitario.

El transitario en su factura pone el IVA de aduanas pero no llego a averiguar cual es el tipo de cambio que utiliza y además no es el mismo que el que aparece en el DUA en la casilla 23.

¿alguién me puede ayudar?

Gracias!

Anónimo dijo...

Respecto al tipo de cambio que debe utilizar, primero habría que confirmar cual es el término incoterm con el cual se ha celebrado la operación, así por ejemplo, si ha sido fijado a términos FOB, el cual quiere decir que el proveedor se responsabiliza hasta que las mercancías estén a bordo de la embarcación, una vez cumplido esa parte, se concluye que el importador ha contraido una obligación (cuenta por pagar) y a la vez, posee existencias en tránsito (cta 28), por lo que el TC a utilizar será el promedio ponderado venta de la fecha en que se culmina con el embarque.
Respecto al TC a emplear en la DUA, será el promedio ponderado venta publicado por la SBS en la fecha de pago del impuesto (numeral 17 del artículo 5º del Reglamento de la Ley del IGV), también puede verificar el TC utilizado por el banco, dividiendo los soles pagados entre los dólares consignado en la DUA.

José García

Anónimo dijo...

que documentos necesito para exportar polos de algodon organico?

Anónimo dijo...

buenas,quisiera saber cuales son los impuestos a pagar por importacion de vehiculos usados de estados unidos,tanto por ceticos y tanto por regimen general,y los valores referenciales de la dua o del black book,gracias.

Anónimo dijo...

La factura (invoce), flete, gastos y la DUA deben anotarse en forma individual en Registro de Compras

Anónimo dijo...

El invoce es cancelado por anticipado al T/C vigente de la operación, cuando se desaduana el T/C es diferente, esta diferencia de cambio afecta al costo del producto ?? cual seria su contabilización.

Anónimo dijo...

Quiero saber si la factura de mi proveedor del exterior tengo que declararlo como inafecta...sino como registro en mis compras...

Anónimo dijo...

para presentar a SUNAT el Registro de Inventario Permanente Valorizado, debo considerar el costo FOB o incluyo los demas gastos: seguro, flete,etc

Anónimo dijo...

Sr. CPc, tengo la siguiente consulta, en la importación usted sabe que primero se pagan los impuestos de ley, y luego de cumplir formalidades te otorgan el levante, con lo que finalmente se puede disponer de la mercancía. Ahora mi consulta es cuando se realiza el registro contable de la DUa, cuando se pagan los impuestos o cunado te otorgan el levante?
Favor de enviarme la norma.

JOSE GARCIA dijo...

La fecha a considerar en el registro (anotación) de la DUA es la fecha de pago de los derechos y demás impuesto aduaneros.
JG

carmen rivera dijo...

Estimado Doctor por favor podría decirme como y donde se contabiliza el invoice Soy estudiante UIGV

Anónimo dijo...

En el caso de ser una invoice con precio CIF, que tipo de cambio se debe usar, y para las facturas locales de la misma importacion que tipo de cambio se usaria??

Anónimo dijo...

Estimado profesor, se sabe que se provisiona la factura de importacion a la fecha del embarque de la mercaderia que es cuando se transfieren los riesgos y beneficios, de acuerdo al ejemplo que brindo tenemos una 28/61 por 9544.69 provisionado con un tipo de cambio, pero cuando ingresan a nuestro almacen con que tipo de cambio seria, y como seria la contabilización, gracias por la ayuda.

Anónimo dijo...

HOLA., TENGO QUE CONTABILIZAR UNA FACTURA QUE ES COMPRA EN OTRO PAIS ,HARIA EL ASIENTO COMO UNA COMPRA NACIONAL , PODRIA EXPLICAR POR FAVOR , GRACIAS